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Nuevo plazo para formulación y Depósito de cuentas en el Registro Mercantil por las sociedades.

En respuesta a una consulta al Ministerio de Justicia, Dirección General de Seguridad Jurídica, se especifica la puesta en práctica de lo dispuesto en el RDL 8/2020 de 17 de marzo, por lo que hace a un tema tan sensible para las sociedades mercantiles, como es la “formulación” y el “Depósito de Cuentas Anuales”, respecto al plazo de aprobación por los órganos societarios y su posterior Depósito en el Registro Mercantil correspondiente. Asimismo, y por lo que hace al plazo de Depósito y sus consecuencias, caso de no llevarse a cabo, también se señala una ampliación al respecto.

De manera concreta se establecen las siguientes pautas:

1.- La Formulación deberá llevarse a efecto entre el 01/06/2020 y el 31/08/2020

2.- La Aprobación por los órganos societarios finaliza el 31/10/2020.

3.- El Depósito en el Registro Mercantil deberá realizarse antes del 31/05/2021, para evitar el cierre de la hoja social como consecuencia del incumplimiento de  la obligación del Depósito.