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La responsabilidad de los administradores societarios

La situación económica complicada que vivimos, ha comportado y comportará a corto plazo, graves problemas para muchas entidades mercantiles, especialmente aquellas que por su volumen, en muchas ocasiones, no son conscientes, por falta de asesoramiento legal, de las obligaciones y responsabilidades que comportan determinadas decisiones o inacciones que afectan a los administradores societarios, no solo por lo que hace a sus obligaciones dentro de la empresa, como a las consecuencias que determinadas situaciones pueden comportar para su patrimonio personal.

La Ley de Sociedades de Capital, en sus artículos 236 y siguientes, así como el art. 365, hacen especial referencia a la responsabilidad de los administradores, con especial mención por lo que hace a los daños que su actuación cause a la sociedad, socios o terceros, así como a la responsabilidad por deudas por no actuar cuando la situación económica de la sociedad es de insolvencia o necesidad de acudir a la vía concursal. En este apartado, podemos referir no proceder a la disolución y liquidación societaria, o no instar en plazo el concurso voluntario dentro de lo que regula la vigente Ley Concursal – Texto Refundido en sus artículos 1 y siguientes por lo que hace a los presupuestos de la declaración de concurso y de la legitimación para solicitar su declaración.

Si entramos en el fondo del tema, también podremos analizar el carácter solidario de la responsabilidad, lo que supone la acción social de responsabilidad, la legitimación de las minorías y de los propios acreedores para el ejercicio de la acción social y, finalmente, la acción individual de responsabilidad que corresponde a los socios y a terceros, por actos de administradores que lesionen directamente los intereses de aquellos.

Será importante, en base a todo lo anterior, disponer del asesoramiento legal necesario para evitar sorpresas, que sin duda, incrementarían los problemas societarios, con implicaciones personales. La necesidad de llevar a cabo una serie de actuaciones como cuestión a actuar en el análisis de la situación que en cada caso tenga planteada la propuesta societaria deberá contar con la valoración de las responsabilidades aludidas anteriormente, como base principal para una resolución positiva de todo ello.