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Cártel de coches

En las últimas semanas, ha sido noticia una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que sancionaba a 21 empresas de fabricantes y distribuidoras de marcas de automóviles, por prácticas restrictivas de la competencia, entendiendo que las mismas constituían un “Cártel”. Dicha situación se concretaba en que dichas marcas intercambiaban información comercial respecto de la distribución y servicios postventa de los vehículos y las marcas.

Como conclusión, lo que se producía era que los consumidores pagaban un precio superior al que habrían pagado en condiciones normales.

Ante la situación expuesta se ha planteado la posibilidad de reclamación de indemnizaciones contra dicho cártel, con todo lo que ello representa, ante una evidente avalancha de posibles demandas y el trámite judicial a seguir para todo ello.

Para valorar la viabilidad de éxito, de las potenciales demandas, se debe hacer referencia a la fecha de adquisición del vehículo, una serie de documentación necesaria, y el correspondiente informe pericial.

Últimamente, en cualquier caso, ya existen dos sentencias de referencia, estimatorias de demandas de reclamación por el cártel de coches, en concreto del Juzgado Mercantil de Cádiz, Sentencia nº 100/2021 de 5 de Abril, y Sentencia nº 99/2021 de 5 de Abril.

En base a todo lo anterior, existe la evidencia de una posibilidad de reclamación que, en todo caso, deberá articularse mediante la correspondiente demanda judicial, juicio verbal, a tramitar ante el Juzgado Mercantil competente.