escaenfrru

Código de Buenas Prácticas. Alivio de la subida tipo interés en los préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual. Ejemplo BBVA.

El pasado 23 de noviembre de 2022, el BOE publicó el Real Decreto Ley 19/2022, por el que se establece un código de buenas prácticas para aliviar la subida del tipo de interés en los préstamos hipotecarios sobre la vivienda habitual, a parte de referir determinadas modificaciones en otros Decretos de referencia.

El Código de Buenas Prácticas, que se suscribe entre el Gobierno y las entidades financieras, busca la adopción de medidas para hacer frente a la situación de los hogares con préstamos o créditos con hipoteca inmobiliaria sobre vivienda habitual, provocada por el alza generada por los tipos de interés. De entrada, el planteamiento, se aplica a los préstamos o créditos de deudores o hipotecantes no deudores, cuyo precio de adquisición no exceda de 300.000€ y se hayan constituido hasta el 31 de diciembre de 2022.

Las condiciones y requisitos para acogerse los deudores a dicho Código, se fija con la definición de “deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad”, atendiendo a su renta familiar y su esfuerzo hipotecario.

Las medidas aplicables consistirán, entre otras, en la extensión de los plazos de amortización, establecimiento de cuotas fijas temporales o un régimen para el tipo de interés aplicable, así como la posible conversión de los préstamos a tipo fijo.

El plazo para formular las solicitudes será de 24 meses, desde la fecha de publicación en el BOE.

Por otra parte, el Real Decreto Ley, también hace referencia a las medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, definiendo lo que se conoce como “umbral de exclusión”, fijando los requisitos al respecto.

Inclusive, se aborda otra problemática, como es “derecho de alquiler en caso de ejecución de vivienda habitual”, en el sentido de que, cuando el deudor hipotecario ejecutado, cuyo lanzamiento haya sido suspendido, tendrá la alternativa de un alquiler accesible a todos los efectos.

En definitiva, estamos ante una normativa que busca la protección de los deudores hipotecarios con problemas y la mejora del mercado hipotecario.

De manera singular, el BBVA, plantea por su parte alternativas concretas a éste Código de Buenas Prácticas, fijando una serie de opciones al respecto, que van desde la ampliación del plazo total del préstamo hipotecario, hasta un máximo de 7 años; por otra parte, la aplicación, en ese tiempo, de un período de carencia, total o parcial, de capital durante un período de 12 meses;  o, finalmente, la conversión de la formula de cálculo de interés del préstamo inicial, pasando a una formula sujeta  tipo variable revisable periódicamente a una de tipo fijo.