Procedimientos hipotecarios. Indefensión por falta de emplazamiento a los demandados.
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En la Sentencia del Tribunal Constitucional, que pueden consultar, resuelve una cuestión, realmente importante, como es ratificar que se produce una vulneración del derecho de tutela judicial cuando existe una falta de diligencia en el emplazamiento de la parte demandada.
Este es un tema con múltiples connotaciones, pues, repetidamente, se producen situaciones donde los demandados no son notificados, y el procedimiento judicial sigue su curso, hasta la subasta, pese a que, por parte de dichos demandados, se pueda presentar la correspondiente “nulidad de actuaciones”.
El fallo que comentamos, ratifica la nulidad del Auto del Juzgado, así como la nulidad de todas las actuaciones realizadas en el proceso de ejecución hipotecaria, retrotrayendo al momento inmediatamente posterior al dictarse el citado auto, para que se provea al emplazamiento a la demandada en ese procedimiento hipotecario.