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Nulidad de cláusulas en la escritura pública de formalización de préstamo hipotecario.

En el presente escrito nos referimos a una Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Tarragona, especializado en contratación (artículo 249.1.5) por lo que hace a una demanda de acción de nulidad de las condiciones generales de contratación relativas a :

 

  • Cláusulas Suelo
  • Cláusula de Comisiones Bancarias
  • Cláusula de Imposición de los gastos y tributos al acreditado hipotecante
  • Cláusula de Interese de demora
  • Cláusula de resolución anticipada por abusividad
  • Vulneración de la normativa legal
  • Ausencia de negociación, desequilibrio entre las partes

 

La referida sentencia, muy ampliamente, cada uno de los conceptos anteriormente referidos, declarando finalmente la nulidad de la cláusula límite/suelo; la de comisiones; salvo la de apertura y novación; la nulidad de la cláusula gastos; salvo la tributación del IAJD; la nulidad del interés de demora; la condena a la entidad bancaria a abonar  a los actores la suma  por aranceles de notario y de registro y la mitad de los gastos de gestoría y tasación. Finalmente se condena a la entidad bancaria a abonar al actor todo el exceso de cantidades cobradas, con los intereses y costas al respecto.