Nulidad de cláusulas en la escritura pública de formalización de préstamo hipotecario.
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En el presente escrito nos referimos a una Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Tarragona, especializado en contratación (artículo 249.1.5) por lo que hace a una demanda de acción de nulidad de las condiciones generales de contratación relativas a :
- Cláusulas Suelo
- Cláusula de Comisiones Bancarias
- Cláusula de Imposición de los gastos y tributos al acreditado hipotecante
- Cláusula de Interese de demora
- Cláusula de resolución anticipada por abusividad
- Vulneración de la normativa legal
- Ausencia de negociación, desequilibrio entre las partes
La referida sentencia, muy ampliamente, cada uno de los conceptos anteriormente referidos, declarando finalmente la nulidad de la cláusula límite/suelo; la de comisiones; salvo la de apertura y novación; la nulidad de la cláusula gastos; salvo la tributación del IAJD; la nulidad del interés de demora; la condena a la entidad bancaria a abonar a los actores la suma por aranceles de notario y de registro y la mitad de los gastos de gestoría y tasación. Finalmente se condena a la entidad bancaria a abonar al actor todo el exceso de cantidades cobradas, con los intereses y costas al respecto.